SANTO DOMINGO.- Ante el vencimiento del período para el cual fueron nombrados 16 jueces de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Constitucional, tendrán que ser sustituidos en la próxima reunión del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), que sería convocada por el presidente Danilo Medina en lo que resta de este año.
Un total de 12 jueces de 17 que conforman la Suprema Corte de Justicia (SCJ), incluyendo su presidente Mariano Germán Mejía, cumplirán en sus puestos siete años el 22 de diciembre próximo, para cuyo período fueron designados.
Los demás jueces de la SCJ que ya cumplirán los siete años son su vicepresidente Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Miriam Germán Brito, Frank Soto, Alejandro Moscoso Segarra, Hiroito Reyes, Esther Agelán Casasnovas, Francisco Antonio Jerez Mena, José Alberto Cruceta Almánzar, Robert Placencia Álvarez y Edgar Hernández Mejía.
Mientras, desde finales del 2017, cuatro de los 13 magistrados del Tribunal Constitucional vencieron el período de seis años para el cual fueron designados en diciembre del 2011, debido a que la Constitución del 2010, que creó ese órgano, dispuso que sus jueces fueran sustituidos en tres grupos, de forma gradual, a los seis, nueve y doce años.
Los cuatro jueces del TC designados por seis años son Víctor Gómez Bergés, Leyda Margarita Piña (primera sustituta del presidente), Ildelfonso Reyes y Jottin Cury. Goméz Bergés también cumplió la edad límite de retiro de 75 años.
Aunque la Constitución establece que los jueces del TC serán designados por un único período de nueve años, en la décimo novena disposición transitoria se estableció que los primeros cuatro jueces salientes, por excepción, podrán ser considerados para un único nuevo período.
Junto al presidente de la República, los ocho miembros del CNM lo completan el presidente del Senado, un senador o senadora escogido por el Senado que pertenezca al partido o bloque de partidos diferente al del presidente del Senado y que ostente la representación de la segunda mayoría; el presidente de la Cámara de Diputados, y un diputado o diputada escogido por la Cámara de Diputados que pertenezca al partido o bloque de partidos diferente al presidente de esa cámara, así como el presidente de la SCJ, un magistrado de la SCJ escogido por ella misma, y el procurador general de la República.
La composición del CNM sigue siendo favorable al primer mandatario, que preside el CNM, pues asegura al menos cinco votos necesarios para aprobar una propuesta, de los ocho miembros que integran ese organismo, pues es el responsable de nombrar al procurador, y los presidentes de ambas cámaras pertenecen a su grupo.
Aunque se produzca un empate, el poder de decisión recae en el primer mandatario, gracias a la modificación de la ley 138-11 del CNM, que permitió el ingreso del procurador y otorgó un doble valor al voto del Presidente.
Fuente del Listín Diario