SANTO DOMINGO.-El Tribunal Constitucional un recurso que pretendía declarar inconstitucional la vigésima disposición transitoria que prohibe al presidente Danilo Medina aspirar de nuevo a la reelección presidencial.
De esa manera las aspiraciones de algunos sectores políticos de que piden se habilite al presidente Danilo Medina para que pueda volver a ser candidato presidencial en los comicios del 2020 quedaron truncadas con el fallo.
La alta corte dijo que no puede declarar inconstitucional la Carta Magna dominicana e inadmitió la instancia que busca habilitar al presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, para aspirar a una nueva reelección.
El 15 de febrero de 2018 Fredermido Ferreras Díaz, depositó ante la secretaría del tribunal una instancia mediante la cual promueve la declaratoria de inconstitucionalidad de la disposición transitoria vigésima de la Constitución que establece que “en el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.
Los jueces dijeron que es “inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución, del trece (13) de junio de dos mil quince (2015), en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución”.
Explicó que en atención a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 137- 11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, celebró el 11 de junio de este año la audiencia pública donde todas las partes plantearon sus conclusiones, quedando el expediente en estado de fallo.