SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) tendrá que preparar un reglamento para la Ley de Partidos y Agrupaciones y Movimientos Políticos, que recientemente promulgó el Poder Ejecutivo.
Dicho reglamento debe para servir de base a las sanciones que tendrán que tomarse tanto en ese organismo como en el Tribunal Superior Electoral.
En su artículo 44, la nueva legislación prohíbe en la precampaña “toda propaganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de manera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores culturales de la comunidad local, regional o nacional, en el orden religioso, racial, de preferencia sexual, o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres”.
La nueva Ley no permite la propaganda anónima o la publicación en los medios de comunicación que no esté avalada por una firma responsable.
Otra prohibición es la de difundir mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos; será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley No.53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.