SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó ayer miércoles en segunda lectura, con modificaciones, el proyecto de ley de Vigilancia y Seguridad Privada, que limita el uso de las armas al tiempo en servicio, castiga el uso de armas ilegales, dispone que no debe tener 70 años de edad para desempeñar el trabajo, exige haber cursado mínimo el octavo grado, estar debidamente entrenados y no ser extranjeros ilegales.
La pieza legislativa, del senador Adriano Sánchez Roa, crea un marco jurídico para los servicios de vigilancia y protección privada, transporte de dinero y valores, tecnología de seguridad electrónica, asesoría, consultoría e investigación en seguridad, blindaje, servicio de autoprotección y detectives Privados.
El autor del proyecto y legislador por Elías Piña resaltó que la iniciativa “es una pata esencial que faltaba para unificar la lucha en contra de la delincuencia y que ayudara a la Policía Nacional”.
Indicó que los últimos hechos delincuenciales de grandes dimensiones son por falta de una buena preparación de los que laboran como Seguridad Privada.
“Esta ley es muy necesaria, pues el 63 por ciento de las empresas no están legales, y brindan servicios sin estar registrada. El 35% de los guardianes no tienen entrenamiento, el 44% no se le ha realizado evaluación sicológica ni doping; el 18% de los vigilantes que laboran en esas empresas haitianos, y el 55% de ellos no porta armas porque estas no están legales”, expuso el proponente Sánchez Roa.
Dijo que el proyecto tenía en el Senado nueve años, y fue consensuado con todo los sectores, resaltando que las empresas de vigilancia privada tienen más integrantes que la Policía, y confió que la Cámara de Diputados la probara por ser una normativa que necesita la población.
Asimismo, se instituye la Superintendencia como ente público que tendrá a su cargo la regulación, inspección, vigilancia y fiscalización de esos servicios, y la que tendrá la autoridad de habilitar a las empresas, y acogiendo el Código de Trabajo para proteger los derechos de los trabajadores.
Sánchez Roa, explicó que todos los servicios y actividades de vigilancia y seguridad privada, sin excepción alguna, están obligados a contribuir en la preservación de la seguridad ciudadana y del orden público, por lo que tienen que colaborar con la Policía Nacional y demás autoridades, a fin de garantizar la seguridad para la vida y los bienes de las personas.
La Superintendencia contará con una Junta Directiva, como órgano superior, y quedará integrada por cinco miembros con voz y voto: El Ministro de Defensa, quien la presidirá; Ministro de Interior y Policía; Ministro de Trabajo; Procurador General de la República; y el Ministro de Salud Pública. El Superintendente participará, pero sin voto.
“No podrán ser directivos, ni empleados de empresas de vigilancia y seguridad privada, miembros activos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, ni tampoco ex miembros de esas instituciones que hayan sido expulsados de las mismas por faltas en el desempeño de sus funciones o por sentencia condenatoria de los tribunales de la República”, dispone el proyecto.