SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados validó este miércoles el aumento salarial que se hicieron los miembros de la Cámara de Cuentas, y consideró que el organismo fiscalizador de los fondos del Estado no violó la Constitución ni la Ley 10-04 que rige la materia.
En un informe rendido al hemiciclo por una comisión especial, presidida por Ramón Dilpecio Núñez, explica que la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, con la medida adoptada por los miembros del organismo fiscalizador de los recursos del Estado, tras aumentase las alzas de salarios de sus directivos y servidores en base a las resoluciones ADM-2012-008, y ADM; 2012-009, se enmarcaron dentro de la política salarial vigente por esa institución.
“En principio, es conforme con la Constitución y las leyes, por lo que la referida decisión no entraña violación alguna a las normas jurídicas que rigen a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana”, expresa el informe.
El presidente de la comisión, Dilepecio Núñez, dijo que una vez aplicada la indexación salarial a los miembros de la Cámara de Cuentas en base a la resolución ADM2012-009, “debe cesar, de manera definitiva, en sus efectos normativos respecto de los actuales y futuros incumbentes del órgano constitucional, en atención a lo dispuesto en el artículo 140 de la Constitución de la República.
Advierte la Comisión de Cámara de Cuentas a los poderes públicos, órganos constituciones y entidades autónomas y descentralizadas del Estado, que las normas y disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a los incumbentes o directivos de las instituciones públicas o autónomas que manejen fondos públicos, tienen alcance limitado en el tiempo.
Agrega que sus efectos jurídicos sólo rigen para el porvenir y se circunscribe únicamente al propósito que motiva su expedición, observando siempre los límites que impone el artículo 140 de la Constitución de la República.
Empero, el informe presentado al hemiciclo por la Comisión, tuvo el rechazo de la bancada de los legisladores de la oposición.
Indica que la referida decisión no entraña violación alguna a las normas jurídicas que rigen a la Cámara de Cuentas de la República.