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Por la Redacción

Ayuntamiento  Santiago  notifica a empresas sobre publicidad de carácter político extemporánea


SANTIAGO.-El Ayuntamiento de Santiago, reiteró su decisión de prohibir la colocación a destiempo de publicidad política relativa a precandidatos partidarios o candidatos oficiales con miras a las elecciones del año 2020.


El cabildo local envió comunicaciones en marzo pasado a todos los representantes de los diferentes partidos políticos en el Municipio de Santiago, en la que hacía de su conocimiento que la actual administración mantiene su firme voluntad de preservar los espacios públicos y que hará cumplir las leyes vigentes.


Las autoridades municipales extendieron su disposición a las empresas que se dedican a rentar espacios de publicidad, para que se abstengan de vender los mismos para difundir mensajes con carácter político.


En ese sentido la alcaldía conmina a los diferentes partidos a observar la Ley 275-97, sobre el sistema electoral en la República Dominicana y su reglamento de aplicación, así como la Ordenanza 2719, de fecha 13 de septiembre del 2015, que regula la publicidad en el Municipio de Santiago.


“También se les recuerda que es atribución de este ayuntamiento, la regulación de la publicidad y todo cuanto tenga que ver con la política de desarrollo y ordenamiento de su territorio, en virtud de las facultades propias que les asigna la ley de municipalidad dominicana 176-07 y otras por delegación y coordinación en mandato de las leyes 64-00, sobre Medio Ambiente, la Ley 6232 sobre Urbanidad y la Ley 63-17, de Movilidad, Transito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial” explica el comunicado.


En la notificación remitida a las empresas que prestan dicho servicio se les deja claramente establecido que hasta tanto la Junta Central Electoral, dé apertura de manera formal a la campaña electoral con miras a las elecciones del año 2020, se abstengan de aceptar contratos para divulgar publicidad política en los espacios públicos.


El Ayuntamiento de Santiago, advierte que de no acogerse a la presente intimación, los mismos serán retirados, incautados y les será suspendida la licencia de operación en los términos que establecen las normativas supra señaladas y que no pretendan alegar ignorancia.


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